Las aerolíneas deberán indemnizar a los pasajeros en caso de vuelos retrasados más de tres horas
Las demoras en los vuelos son moneda corriente sin embargo quizá muy pronto estos retrasos comiencen a ser historia antigua pues el Tribunal de Justicia de la UE ha dictado un fallo que obliga a las aerolíneas a pagar una indemnización a los pasajeros en el caso de que un vuelo se retrase más de tres horas. La medida se aplicará a todas las aerolíneas, llámese Iberia, Spanair, Air France o British Airway.
La única excepción a la regla es si el retraso se debe a lo que llaman “circunstancias extraordinarias”, es decir aquéllas que no dependen de las propias aerolíneas.. El fallo ha surgido luego de distintas demandas realizadas por algunos pasajeros en Austria y Alemania contra las empresas Condor y Air France y luego de que se produjeran retrasos de 25 y 22 horas respectivamente.
Si hasta ahora sólo se indemnizaba a los pasajeros en caso de una cancelación de vuelo, el Tribunal ahora ha dictado este fallo pues entiende que el perjuicio producido por los retrasos en similar al de un vuelo cancelado.
La cifra de la indemnización aún no está pautada pero hay que tener en cuenta que en el caso de una cancelación es de entre 250 y 600 euros, dependiendo de la demora y la distancia. La indemnización no se efectivizará sólo si la aerolínea prueba que la demora se produjo por situaciones que escapan a su control.
Vía: Intereconomía
Escrito por MJA |
23 de Noviembre de 2009 con
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Etiquetas: indemnizaciones, retrasos, Spanair, Vuelos
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